El ISP ha dado a conocer sus nuevas normativas para los bloqueadores solares, con el fin de prevenir daños posteriores en la piel de los chilenos.
A contar de 4 de Diciembre de 2010, todos los bloqueadores solares deberán mencionar en sus etiquetas lo siguiente:
- Protección Baja (Bloqueadores con factor 6 ó 10)
- Protección Baja (Bloqueadores con factor 6 ó 10)
Protección Media (Bloqueadores con factor 15, a 25)
Protección Alta (Bloqueadores con factor 30 ó 50)
Protección Muy Alta (Bloqueadores con factor 50+)
- No pueden decir que son “A prueba de Agua” o “Protección Total”.
- Deben mencionar “a niños menores a 6 meses no exponer al Sol”
- Deben mencionar “a niños menores a 6 meses no exponer al Sol”
- Tienen que incluir el lapso de reaplicación del bloqueador
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